La OCU analiza la cosmética

La OCU analiza la cosmética -

Como seguro que ya sabréis la OCU es la Organización de Consumidores y Usuarios que nos brinda un servicio de asesoramiento e información de todo tipo de productos y servicios: alimentación, coches, dinero, electrodomésticos, consumo, familia, seguros, etc… Y entre todos estos productos y servicios, cómo no, también analiza la cosmética.

A la cosmética la meten dentro de la categoría de «salud», porque no debemos olvidar, que los productos cosméticos es algo que estamos añadiendo a nuestra piel, un órgano más de nuestro cuerpo. Es por ello, por lo que el artículo de belleza de hoy hemos querido que sea un poco diferente y traeros más salud que belleza para que no os creáis todo lo que os venden las marcas de este tipo de productos. Los habrá buenos y los habrá malos, como pasa con todo, así que coged nota de todo lo que a continuación os vamos a redactar. Recordad que son avisos 100% exclusivos de la OCU.

Reglamento Europeo de cosméticos

Entró en vigor en julio del 2013, con la simple finalidad de controlar lo que se nos vende en dichos productos cosméticos. Resumidamente viene a decir algo así:

  • No debe testarse en animales:

En marzo del 2013 terminó el plazo para que la industria cosmética tuviera que abandonar definitivamente la experimentación con animales. Sobre la reivindicación de esta característica en un cosmético, el nuevo reglamento indica que sólo se podrá mencionar que no ha habido experimentación con animales en la elaboración de un producto cuando ni el fabricante ni sus proveedores hayan realizado o encargado experimentos con ellos, su prototipo o alguno de los ingredientes que lo componen, ni hayan utilizado algún ingrediente que haya sido experimentado por terceros en animales con el fin de desarrollar nuevos productos cosméticos.

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  • El ingrediente invisible:

Según la nueva regulación sobre las alegaciones en cosméticos, éstos no deben contener información que falte a la veracidad. Parece obvio, pero, por poner un ejemplo, existen jabones de lavanda que no llevan ni rastro de lavanda.

El reglamento señala que si un producto indica que tiene un ingrediente específico, éste debe estar presente. Por ejemplo, un producto que indica en su envase que tiene miel, pero en realidad solo lleva aroma de miel, no estaría cumpliendo con el reglamento. Además, si un cosmético asegura en su etiquetado la presencia de un determinado ingrediente, el porcentaje de este ingrediente debe estar en una concentración o cantidad suficiente como para que sea eficaz.

  • Reclamos exagerados y permitidos:

El nuevo reglamento exige que las alegaciones han de estar apoyadas en alguna evidencia científica, para proteger al consumidor de informaciones engañosas relativas a la eficacia de los cosméticos. Por ello, deberán hacerse ensayos que demuestren las propiedades señaladas en cada producto. Por ejemplo, si una crema corporal alega «48 horas de hidratación» habrá que demostrarlo. Las reivindicaciones deberán ser, además, claras y comprensibles para un usuario medio.

  • Queremos cosméticos que no digan «sin»

Existen alegaciones que se basan en un tipo de márketing negativo,que trata de denigrar unos ingredientes frente a otros supuestamente mejores o más naturales. Algunas de estas alegaciones sobre ingredientes legales son “sin parabenes”, “sin siliconas”…

Nuestra consejo es que no te fíes de las alegaciones que empiezan por “libre de” o “sin”, puesto que aunque pretendan facilitar al consumidor la información indicando en grande lo que NO tiene el cosmético, desvían la atención de la lista de ingredientes, que es donde SÍ está toda la información.

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¡Que no te engañen!

Para que estés precavida y no te dejes engañar por las marcas cosméticas, vamos a darte una serie de puntos en los que estas suelen mentir:

  1. Con nombres pseudomédicos o científicos. Al incluir en el propio nombre términos que evocan técnicas médicas o quirúrgicas intentan equipararse a ellas para parecer más serias cuando no es así.  Por ejemplo cremas «efecto láser», «células madre», «efecto botox», cremas con «ADN vegetal», etc.
  2. Asterisco aclaratorio que  no informa de nada. Lo que hace es limitar el mensaje principal, añadir mensajes contradictorios o ambiguos, o simplemente usarse para eximir responsabilidades. Unas buenas prácticas indicarían que un asterisco (o letra pequeña o texto sobreimpresionado) debería añadir información clarificadora a lo que ya se dice.
  3. Con términos subjetivos, ambiguos y poco concretos que exoneran de responsabilidad al fabricante pero inducen a pensar en resultados. Un ejemplo de ello es como te venden algunas cremas hidratantes: “Suaviza el aspecto de las arrugas y líneas de expresión” o “La apariencia de las líneas de expresión y arrugas se reduce visiblemente” utilizan los términos apariencia o aspecto, y disminuyen así  la alegación de eficacia para salvaguardarse, pero el consumidor como no esté muy atento se pierde entre tanta ambiguedad.
  4. El antes y el después: imágenes que pretenden en un vistazo mostrar la eficacia del producto en la piel. Esas imágenes pueden y suelen estar manipuladas digitalmente, recurrir a filtros, iluminación especial, etc., pero aún así, incluso si son reales y sin retoques, muestran solo los  resultados de un solo individuo, no extrapolables a toda la población.
  5. Los test de usuarios como aval: Se trata de afirmaciones basadas en autoevaluaciones, es decir percepciones y opiniones de un panel de usuarios que han usado el producto durante un tiempo  determinado sin valor científico, pero muy usadas por los fabricantes, ya que dan lugar a alegaciones fáciles de sustentar.

Ahora que ya conoces cuáles son los «truquitos» de dichas marcas no caigas en ellos… La realidad es bien distinta a lo que ellos suelen vender. Recuerda: ¡no existen los milagros!


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  1.   miguelnaturaonline dijo

    Efectivamente en el mundo de la cosmética existe mucho artificio de Marketing que solo pretende, en el mejor de los casos, desviar la atención del consumidor hacia lo que le interesa a la marca. Por ello, desde mi punto de vista la presencia de sellos de certificación es una garantía para los consumidores que deberían de tomar conciencia en que para ser un/a consumidor/a responsable cada vez es más importante documentarse y leer los INCI de los productos.