El SEPE computará cotizaciones previas de empleadas de hogar para acceder al paro

  • El SEPE aplicará un criterio que permite contar periodos de alta anteriores a octubre de 2022 para el paro.
  • Se podrán computar hasta seis años previos sin cotización por desempleo en el Sistema Especial del Hogar.
  • La medida alcanza también al subsidio para mayores de 52 años con las mismas reglas.
  • Se revisarán solicitudes en curso y resoluciones impugnadas de manera de oficio.

empleo hogar prestaciones por desempleo

El Ministerio de Trabajo y el SEPE han dado luz verde a un cambio esperado: se admitirán cotizaciones anteriores a octubre de 2022 de las empleadas de hogar para calcular el derecho a prestaciones por desempleo y subsidios. Con este paso, un colectivo históricamente desprotegido tendrá una vía real para acceder al paro con periodos previos en los que estuvo de alta sin cotizar por esta contingencia.

Según confirmó Trabajo y detalló CCOO, el Servicio Público de Empleo Estatal ha fijado un criterio administrativo fechado el 11 de noviembre por el que se computarán, además de lo cotizado desde octubre de 2022, los periodos dentro de los seis años anteriores a la situación legal de desempleo (o a la fecha de la solicitud del subsidio) en los que la persona estuvo de alta en el Sistema Especial del Hogar sin cotización por paro. Este criterio se aplicará a solicitudes en curso, reclamaciones previas y, de forma destacada, a la revisión de oficio de resoluciones impugnadas ante la jurisdicción social.

Qué cambia y desde cuándo

Desde octubre de 2022 las trabajadoras del hogar cotizan por desempleo tras la ratificación del Convenio 189 de la OIT, pero hasta ahora solo se tenían en cuenta esos nuevos periodos. Con la instrucción del SEPE, también contarán los años de alta sin derecho a cotización dentro de la ventana de seis años previa al desempleo o a la solicitud del subsidio.

Cómo se computarán las cotizaciones

Para la prestación contributiva, el SEPE incluirá los periodos de alta en el Sistema Especial dentro de los seis años anteriores a la situación legal de desempleo aunque no hubiese cotización por esta contingencia. Esto permitirá sumar días necesarios para cumplir los mínimos exigidos y, en su caso, ampliar la duración de la prestación.

En el caso del subsidio para mayores de 52 años, además de las cotizaciones efectivas por desempleo a lo largo de la vida laboral, se incorporarán los periodos de alta de los seis años previos a la fecha de solicitud en el sistema especial, incluso cuando no existía obligación de cotizar por paro.

Límites y excepciones

El reconocimiento tiene límites: si durante esos años la persona trabajó también por cuenta ajena en otro régimen con cotización por desempleo, los periodos solapados no se añadirán para evitar dobles cómputos. Es decir, no se contarán los años coincidentes en el Régimen General y el Sistema Especial.

Además, la ventana temporal es de seis años hacia atrás desde la situación legal de desempleo (o desde la solicitud del subsidio). El acceso final a la ayuda seguirá sujeto al cumplimiento del resto de requisitos ordinarios del SEPE que correspondan a cada prestación.

Aplicación a expedientes y revisión

La instrucción del SEPE afectará a la resolución de solicitudes ya presentadas, a las reclamaciones previas que estén pendientes y a la revisión de oficio de resoluciones firmes en vía administrativa que hayan sido impugnadas ante los juzgados de lo social. Esta revisión busca homogeneizar criterios y garantizar el acceso a la protección.

Base legal y contexto europeo

El nuevo criterio responde a distintos pronunciamientos judiciales y a la línea marcada por el Tribunal de Justicia de la UE, que venía advirtiendo de la discriminación que sufría este colectivo en materia de protección por desempleo.

También se enmarca en la ratificación por España del Convenio 189 de la OIT, que impulsó la cotización por paro desde octubre de 2022. Antes de esa fecha, muchas empleadas cumplían años de alta en Seguridad Social, pero no alcanzaban los requisitos para acceder al paro al no poder cotizar por esta contingencia.

Impacto en el colectivo

Desde que se inició la cotización por desempleo, hasta octubre un total de 80.542 empleadas del hogar han cobrado alguna prestación o subsidio, según datos de Trabajo. En la actualidad, hay 347.305 altas en la Seguridad Social en este sistema especial y cerca del 40% tiene 55 años o más, por lo que la ampliación de cómputo cobra especial relevancia para el subsidio de mayores de 52 años.

Cómo pedir la prestación o el subsidio con el nuevo criterio

Quien se vea afectada por este cambio debería recopilar su historial de alta y cotizaciones (informes de vida laboral, contratos y bajas) y acreditar la situación legal de desempleo o, en su caso, los requisitos del subsidio.

El siguiente paso es tramitar la solicitud ante el SEPE (cita previa o sede electrónica), indicando que se aplica el cómputo de periodos de alta en el Sistema Especial del Hogar anteriores a octubre de 2022 dentro de la ventana de seis años.

Tras la presentación, el SEPE revisará el expediente y emitirá resolución. Si ya existe una solicitud en curso o una reclamación previa, el nuevo criterio se aplicará de oficio sin necesidad de empezar de cero.

Qué supone para el mercado laboral

La medida avanza en la equiparación real de las empleadas del hogar con el resto de personas trabajadoras por cuenta ajena, corrige una brecha histórica y facilitará que más hogares y trabajadoras operen con plena seguridad jurídica, reforzando la protección ante el desempleo.

Con la inclusión de los periodos de alta sin cotización dentro de los seis años previos, el SEPE abre la puerta a que miles de trabajadoras del hogar sumen los días necesarios para optar a la prestación contributiva o al subsidio de mayores de 52 años, al tiempo que ordena la revisión de expedientes para que el derecho quede efectivamente reconocido.

evaluación de riesgos laborales para empleadas del hogar
Artículo relacionado:
Evaluación de riesgos laborales en el hogar: guía práctica y novedades